Francia impulsa en el Parlamento la eliminación de la noción de “deber conyugal” del Código Civil

La Asamblea Nacional adoptó el 28 de enero de 2026 una proposición de ley dirigida a declarar expresamente que la “comunidad de vida” entre cónyuges no crea ninguna obligación de mantener relaciones sexuales, y el texto fue transmitido al Senado para su examen y reporte.

El proyecto, de carácter transpartidista y aprobado por unanimidad en la Cámara baja, responde a una jurisprudencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y a una condena contra Francia por un caso en el que se consideró erróneamente que la ausencia de relaciones sexuales podía justificar responsabilidades en un divorcio; la CEDH emitió una decisión relevante en enero de 2025.

En el Senado se presentó un informe (Rapport n°490) y el expediente figura en la documentación parlamentaria; el texto incorpora, entre otras medidas, la precisión de que la comunidad de vida no impone obligación sexual alguna y establece que la falta o el rechazo de relaciones sexuales no podrá, por sí solo, fundar un divorcio por culpa.

Los debates en la comisión de leyes del Senado han subrayado que la iniciativa pretende “tomar acta” de la jurisprudencia europea y eliminar ambigüedades que algunos tribunales habían interpretado a partir de artículos históricos del Código civil. Al mismo tiempo, algunos senadores han cuestionado la necesidad de legislar sobre un punto que, en su opinión, ya estaba resuelto por la CEDH y por cambios en la jurisprudencia.

El siguiente paso parlamentario es el examen en la sesión del Senado programada en abril de 2026; si surgen diferencias de redacción entre ambas cámaras, el trámite puede derivar en una comisión mixte paritaire para acordar un texto definitivo antes de su promulgación.

Francia impulsa en el Parlamento la eliminación de la noción de “deber conyugal” del Código Civil

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