SAT recuerda que la declaración anual de personas físicas vence el 30 de abril de 2026; no habrá prórroga

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que el plazo legal para presentar la Declaración Anual correspondiente al ejercicio 2025 para personas físicas es del 1 al 30 de abril de 2026. La autoridad urgió a las y los contribuyentes a cumplir dentro del periodo para evitar multas y recargos.

El trámite puede realizarse las 24 horas del día a través del Portal del SAT; además, el organismo informó que amplió la atención presencial en sus oficinas para apoyar a quienes requieren orientación o asistencia técnica antes del cierre del plazo.

Están obligadas a presentar la declaración las personas físicas que obtuvieron ingresos por conceptos como sueldos y salarios, honorarios y servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, intereses, dividendos y enajenación de bienes, entre otros. Quienes tengan dudas pueden consultar las guías y el simulador que el SAT puso a disposición para verificar datos antes de enviar la declaración.

La falta de presentación en tiempo puede acarrear sanciones económicas. El SAT también recordó que las devoluciones y saldos a favor se tramitan conforme a los criterios y tiempos establecidos por la propia autoridad, por lo que es importante revisar el estatus en el portal.

Como recomendación, el SAT sugiere revisar con anticipación la información fiscal (comprobantes, recibos de nómina y deducciones personales) y, de ser necesario, agendar cita para recibir apoyo presencial en las oficinas locales.

SAT recuerda que la declaración anual de personas físicas vence el 30 de abril de 2026; no habrá prórroga

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